Un donativo nos hará más fuertes

Cualquier aportación económica nos ayuda a mejorar la vida de nuestros peludos y contribuye al mantenimiento del refugio.
No dudes en invertir en una buena causa. 

Un donativo por una buena causa

Con muy poco puedes hacer que nuestros animales puedan tener una vida mejor

Sabemos que no todo el mundo puede ayudar de igual manera y, por ello, cualquier forma de apoyo es bien recibida. Puedes traernos latas de comida, sacos de pienso, esas mantas o sábanas que ya no utilizas, medicamentos que ya no necesitas y que no han caducado, arneses, correas, bozales…

Todo puede ser aprovechado para que nuestros animales vivan más cómodamente. También puedes ayudarnos realizando una aportación económica, ya que con ello ayudarás y mucho a que podamos continuar con nuestra labor y al mantenimiento de nuestro refugio.

El régimen fiscal de las donaciones y aportaciones se encuentra recogido en el Capítulo II del Título III de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Este 2020 el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo ha modificado el artículo 19 sobre la deducción de la cuota de IRPF de la Ley 49/2002.

Los donativos a Fundaciones y ONG’s, pueden ser deducibles tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como también en el Impuesto de Sociedades (IS).

Para que la persona física o sociedad donante pueda realizar éste trámite debe contar con el certificado fiscal de la Fundación/ONG. Se trata de un documento que otorga la organización al donante una vez realizado el donativo.

El importe a devolver siempre variará en función del tipo de donativo y según el régimen fiscal al que esté sujeta la organización con la que hayas colaborado.

Los donativos que darán derecho a practicar deducciones serán los dinerarios, de bienes o derechos; los de constitución de derecho de usufructo o las cuotas de afiliación.

El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo modifica el artículo 19 de la Ley 49/2002 e incrementa en un 5% las deducciones por donaciones a ONG.

Los nuevos porcentajes de deducción se aplicarán a la declaración de la renta de 2020 para las donaciones efectuadas a partir del 1 de enero del mismo año.

Este incremento afecta a las donaciones realizadas por contribuyentes de IRPF y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente.

Puedes solicitar más información al departamento de fiscal de la Lliga per a la protecció d’animals i plantes de Barcelona.

Formas de ayudarnos económicamente

En “la Lliga” encontrarás varias formas de colaborar económicamente con el refugio.

Toda ayuda es bien recibida

Con tu aportación puedes contribuir al mantenimiento del refugio y a que podamos seguir acogiendo y cuidando animales en situación de abandono.

Las empresas también pueden ser solidarias

Nuestra sociedad es solidaria y las empresas también. Ellas son el motor de nuestro país y además su colaboración es crucial para nuestra supervivencia.